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Influencer panameña hace valer la Ley 478, interpone doble denuncia por acoso y hostigamiento sexual en redes sociales

Camila Aybar

Camila Aybar a la salida de la Fiscalía en Panamá mostrando el formulario de su querella penal. La creadora de contenido interpuso su segunda denuncia en siete meses por violencia digital, ahora por contenido “sexualmente denigrante y humillante”.

Panamá Por segunda vez en 7 meses, Camila Aybar lleva la violencia digital a tribunales. La influencer panameña activó la nueva Ley 478 contra ciberdelitos y denunció a un creador de contenido por acoso sexual en redes. “Humillar a una mujer no es entretenimiento”, dijo. Es el caso más mediático hasta ahora de la ley que castiga con hasta 6 años de cárcel el hostigamiento sexual en internet.

Panamá.— La creadora de contenido y ambientalista Camila Aybar se ha convertido en uno de los primeros rostros públicos en activar la nueva Ley 478 contra la ciberdelincuencia, con dos denuncias en siete meses por violencia digital.


La segunda querella fue interpuesta este 3 de septiembre ante la Fiscalía de Atención Primaria del Área Metropolitana, que sería remitida a la Fiscalía Cuarta Subregional, por contenido que ella califica como "sexualmente denigrante y humillante" publicado por otro creador de contenido en redes sociales.


"Humillar a una mujer en redes sociales no debería ser entretenimiento y hoy he decidido llevar ese mensaje a la Fiscalía", dijo en video. "La violencia detrás de una pantalla sigue siendo violencia".


Aybar no mencionó por nombre al denunciado, a quien asegura no conocer personalmente. Sin embargo, en redes y otros medios panameños apuntan a Wisxopro, quien meses atrás reaccionó a un video donde ella contaba que llevaba dos años soltera y que en un mes había salido a varias citas.


Tras la denuncia, el creador publicó que cuenta con abogado y escribió: "Tengo a mi Santa Muerte".


El primer caso: hackeo y fotos de cuando era adolescente


No es la primera vez que acude a la Fiscalía. El 3 de febrero de 2026, a las 10:30 de la mañana, salió de la Fiscalía Especializada de Delitos Informáticos para denunciar que le habían hackeado una cuenta que no usaba desde su adolescencia y habían robado y difundido fotos íntimas de esa época en grupos de WhatsApp y Telegram.


"Cualquier persona que almacene, posea, distribuya, reenvíe o comparta estas fotos de mí cuando yo era adolescente, está cometiendo un delito grave", advirtió entonces.


¿Qué es la Ley 478?


Sancionada el 4 de agosto de 2025, es la ley que por primera vez tipifica en Panamá como delitos penales el grooming, la sextorsión, la suplantación de identidad, el acoso y hostigamiento digital y la divulgación de contenido íntimo sin consentimiento.


Adicionó el artículo 166-A al Código Penal: pena de 3 a 6 años de prisión, no solo para quien crea el material, sino para quien lo almacene, posea, distribuya o reenvíe. Con agravantes si es expareja o con fines de lucro.


La norma, que armoniza a Panamá con el Convenio de Budapest, tiene apenas un año vigente y, según expertos, reconoce por ahora solo tres delitos de violencia digital, por lo que casos como el de Aybar son considerados emblemáticos para probar su alcance más allá de la difusión de desnudos, en el terreno del hostigamiento sexual mediático.


"Hoy soy yo, pero mañana podría ser tu hermana o tu hija", ha dicho la creadora, quien asegura que hizo público el caso para incentivar a otras mujeres a denunciar.


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